A vueltas con la flexiseguridad

Quim González Muntadas 

30 diciembre 2021

En reconocimiento a Mari Cruz Vicente, Secretaria confederal de Acción Sindical, que ha encabezado la delegación de CCOO en las negociaciones de la Reforma Laboral. Y en recuerdo de Santi Bengoa.

Desde hace más de una década, cuando se habla de los remedios a nuestro muy defectuoso mercado de trabajo, aparece el concepto flexiseguiridad. Este rige en algunos de los países europeos que tienen menores índices de desempleo, mejores salarios y mayor productividad. Y ciertamente es un concepto muy positivo porque mejora tanto la competitividad de la empresa, como la seguridad del trabajador y trabajadora. Pero el problema es que la mayoría de las veces que en nuestro país se apela a este concepto, se apuesta a la vez por debilitar los sindicatos y la negociación colectiva, y se clama por la bajada general de impuestos. Los que así se pronuncian muestran que se han quedado sólo con la mitad del sentido de este concepto, se han quedado sólo en la flexibilidad, por no decir en la desregulación, y obvian el de “seguridad”, o, dicho con otro término, la protección de la persona trabajadora, lo que indica con claridad que desconocen el sentido real de este concepto o, lo que es peor, nos quieren dar gato por liebre. 

Se ha pervertido, manoseado y degenerado mucho el concepto de flexiseguridad, hasta el extremo y el summum del cinismo. Así se puede comprobar en la exposición de motivos de una ley que ha representado un ataque brutal a la protección de los derechos laborales y que ha provocado la desregulación y la inseguridad máxima para los trabajadores y trabajadoras, como fue la Reforma Laboral del Partido Popular que en su exposición de motivos declaraba que su objetivo era avanzar en la flexiseguridad. Increíble, ¿verdad?  

¿Qué es la flexiseguridad?, ¿dónde nace y qué objetivos tiene? En el año 2002 el danés Kongshoj Madsen, profesor de la Universidad de Aalborg, abanderó este concepto, presentándolo como un “triángulo de oro” formado por tres principios: una mayor movilidad laboral, un amplio sistema de protección social con beneficios para desempleados, y una política activa del mercado de trabajo en la que se combine empleo con ofertas de formación. Resumiendo, mayor flexibilidad para adaptar el empleo a través de despidos, suspensiones de contratos o reducciones de horarios, con instrumentos rápidos, ágiles y poco costosos, en función de las necesidades productivas de la empresa, a cambio de que los trabajadores y trabajadoras tuvieran un empleo de calidad, un alto grado de protección por desempleo y una oferta formativa efectiva, útil y de calidad, a lo largo de toda su vida laboral.

Europa apostó por la flexiseguridad. Así, en el Libro Verde para modernizar el Derecho Laboral aprobado hace ya más de quince años por la Comisión Europea, en noviembre de 2006, para afrontar los retos del siglo XXI, se define como: “Dos caras de la misma moneda de las relaciones laborales cooperativas. En una cara, la necesaria flexibilidad, adaptación permanente e implicación, y en la otra seguridad, transparencia, información y participación”

Atendiendo a esta definición, nos podemos preguntar, ¿es posible en España la flexiseguridad? Y ¿cuán lejos estamos de este concepto si miramos la otra cara de la moneda que complementa la de la flexibilidad del mercado laboral? Por ejemplo, si nos comparamos con Dinamarca en sus niveles de desempleo, de eventualidad injustificada o de trabajos a tiempo parcial no deseados. Si comparamos nuestra realidad con la de este país de referencia, con sus políticas de cobertura del desempleo y con sus servicios a las personas desempleadas, con sus políticas activas de formación y reciclaje permanente; si medimos lo lejos que estamos en derechos de participación de los trabajadores y trabajadoras y sus sindicatos en la marcha de la empresa y del poder real de sus convenios colectivos. Y también lo muy lejos que estamos en presión fiscal, precisamente la que financia ese gasto social de Dinamarca que le permite garantizar la seguridad que complementa la deseada flexibilidad laboral. 

Por ello, sería conveniente que todas aquellas opiniones del mundo empresarial y político, de comentaristas y tertulianos … que apelan a la flexiseguridad, repasaran el sentido del concepto o añadieran a su comentario la exigencia de una mayor inversión en protección al desempleo, mejores políticas activas de empleo, más y mejor formación continua, fortalecimiento de la negociación colectiva, y más, mucha más, participación de los trabajadores y trabajadoras en la marcha y resultados de la empresa. Y por supuesto más recursos para la protección social. De lo contrario, en su boca el termino flexiseguridad seguirá siendo un concepto vacío, o peor aún , falso, tramposo.

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